“ASCENDIENTE” en RESIDENCIA PRIVADA (Reducción del I.R.P.F. por…)

La Dirección General de Tributos (DGT), en consulta vinculante, avala que los hijos puedan aplicar el mínimo por ascendientes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aunque sus progenitores vivan en una residencia privada, por entender que dichas cantidades son necesarias para que el contribuyente cubra sus necesidades básicas, así como las de los descendientes que se encuentren a su cargo.

 

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