SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (Incremento a partir de 1 de enero de 2026)
Por Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, se ha establecido en 1.221,00 €/mes, equivalente a 17.094,00 € en cómputo anual (14 pagas), y de
Empleados que presten sus servicios menos de 60 horas mensuales por persona empleadora. A partir de 1-1-12023 los empleadores asumirán las obligaciones de cotización del personal citado en el epígrafe y que hubieran acordado con el/la empleado(a), con anterioridad al 9-9-2022, la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento y cotización en el Régimen de Empleados de Hogar.
Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación