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VISITA MENSUAL_VENERADAS Y TEMIDAS. EL PODER FEMENINO EN EL ARTE Y LAS CREENCIAS” (Exposición con café-tertulia) 

okCaixaForum abre sus puertas a esta nueva exposición que, a través de 166 piezas del British Museum, exhibe hasta el 16 de junio próximo 5.000 años de historia de la representación de lo femenino a través de diosas, hechiceras, espíritus, demonios o santas -de algunas de las religiones vivas como el budismo tibetano, el Wicca o el catolicismo-, ambientado con exóticos objetos de culturas de todos los continentes, desde la prehistoria hasta la actualidad. (Más información disponible para clientes de nuestra Habilitación)

SUBVENCIONES PARA OBRAS DE ADECUACION EN EL INTERIOR DE LAS VIVIENDAS PARA MAYORES.

okPor Resolución TER/505/2024, de 19 de febrero, de la Generalitat de Catalunya, se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para obras de adecuación de las viviendas para personas mayores.

Plazo se solicitud: Se inicia el 18 de marzo y finaliza el 28 de junio de 2024

Nota: Si desea información más detallada de los requisitos y cuantías de esta subvención, puede solicitarla a nuestro despacho.

SEGURO “SALUD BIENESTAR SENIOR” (Seguro de asistencia médica pensado a partir de los 65 años)

okCreemos que puede ser de su interés conocer este novedoso seguro médico de salud que ofrece la Compañía “Occident”, en que no se excluye a nadie por las patologías que padezca y por el que se tiene acceso a inmediato a tratamientos y actos médicos de carácter privado, a unos precios muy económicos y coberturas especiales para el cuidado de los mayores.

Entre sus características, el citado seguro dispone de:

( Más información disponible para clientes de nuestra Habilitación)

PENSION DE ORFANDAD POR INCAPACIDAD CON INGRESOS DE TRABAJO SUPERIORES AL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (Compatibilidad de la…)

En el caso de huérfanos incapacitados (incapacidad permanente absoluta o gran invalidez), la pensión que perciben es compatible con las citadas rentas del trabajo, cualquiera que sea su cuantía y la edad del beneficiario, en la medida en que no supongan una modificación de su capacidad de trabajo que conllevara una revisión de su grado de incapacidad.

Nota: Las pensiones de orfandad de la Seguridad Social también son compatibles con ingresos del trabajo en el sector “público”. Sin embargo, las correspondientes de Clases Pasivas siguen siendo incompatibles en igual circunstancia.

PLAN ANUAL DE CONTROL TRIBUTARIO 2024

okPor Resolución de 21-02-2024 (BOE nº 53) la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ha aprobado el citado plan, donde se establecen las directrices generales del control antifraude.

Como en años anteriores, se investigará especialmente la simulación de la residencia fiscal por la diferente tributación existente en una Comunidad Autónoma distinta de la real, con la intención de aprovecharse indebidamente de una inferior tributación. Además, se controlará, como cada año el incumplimiento de la obligación de presentar la Declaración de Renta o de cualquier otro tributo, la economía sumergida; el fraude fiscal cometido por quienes no ingresan el IVA, la ocultación de ingresos, la aplicación de bonificaciones fiscales improcedentes, etc. Estas situaciones afectan tanto la gestión fiscal estatal como la autonómica… ( Más información disponible para clientes de nuestra Habilitación)

RESIDENCIAS DE “TIEMPO LIBRE”  (Dependientes de las Comunidades Autónomas).

okLas Residencias de “Tiempo Libre” son instalaciones vacacionales dirigidas a los trabajadores y a sus familiares, que permiten unas estancias de calidad a precios económicos. También pueden ser utilizadas por jóvenes, jubilados y pensionistas en general. Algunas hacen descuentos a jóvenes, mayores de 65 años y familias numerosas.

(Más información disponible para los clientes de esta Habilitación).

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (Incremento a partir de 1 de enero de 2024)

okPor Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, se ha establecido en 1.134,00 €/mes, equivalente a 15.876,00 € en cómputo anual (14 pagas), y de 8,87 €/hora para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen “externo” (incluye todos los conceptos retributivos).

DECLARACIÓN DE RENTA y PATRIMONIO del año 2023

okBorrador y datos tributarios

A partir del día 3 de abril próximo y hasta el 26 de junio (o hasta el 1 de julio si el resultado de la Declaración es a devolver, renuncia a la devolución, es negativo, o a ingresar sin domiciliación en cuenta), se podrá solicitar el borrador y los datos tributarios, bien personalmente en cualquier Administración Tributaria, llamando a los Tels. 901.223.344 y 901.121.224, o bien por internet en la página web: www.agenciatributaria.es/

ACTUALIZACIÓN DE IMPORTES QUE SIRVEN COMO REFERENCIA PARA “AYUDAS SOCIALES”

okPor ahora, se ha anunciado solamente el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I), quedando fijado en 1.134,00 €/mes, equivalente a 15.876,00 € en cómputo anual (14 pagas)

TERMALISMO SOCIAL DEL I.M.S.E.R.S.O. PARA EL AÑO 2024

okPor Resolución de 27 de noviembre de 2023, el I.M.S.E.R.S.O. ha abierto la convocatoria de plazas para pensionistas que deseen participar en el citado Programa.

Plazo de solicitud:

  • Para los turnos de febrero a agosto, ambos inclusive:
  • Con prioridad en la adjudicación de plaza… hasta el día 10 de enero de 2024.
  • Para inclusión en “lista de espera”… hasta el 14 de mayo de 2024.
    • Para los turnos de septiembre a diciembre, ambos inclusive:
  • Con prioridad en la adjudicación de plaza… hasta el día 15 de mayo de 2024.

Para inclusión en “lista de espera” para la cobertura de plazas que vayan quedando vacantes por distintos motivos… hasta el 15 de noviembre de 2024.

Más información disponible para clientes de la Habilitación.

TARJETA DORADA DE RENFE (Beneficiarios de la…)

okLa Tarjeta Dorada de Renfe la pueden solicitar personas mayores de 60 años (jubiladas o no) que viajan en los trenes de RENFE y quieren beneficiarse de los descuentos disponibles. También la pueden solicitar los pensionistas con más de 18 años con incapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez, militares retirados con incapacidad permanente y las personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Asimismo, existe la Tarjeta Dorada con acompañante para personas con una discapacidad del 65% o superior con la que se pueden beneficiar del mismo descuento el titular de la misma y el acom-pañante que realice el mismo viaje con esa persona, pero nunca el acompañante por separado.

Estas tarjetas las pueden obtener en estaciones de RENFE, agencias de viajes y algunas entidades bancarias. Solo es necesario aportar el D.N.I. y, en su caso, la documentación que acredite la pensión de incapacidad o el grado de discapacidad.

El precio es de 6 €. Esta tarjeta es nominal e intransferible y es válida durante un año. No obstante, también se puede renovar por 1 año (6 €), por 2 años (12 €) o por 3 años (15 €).

EXTRACCIÓN DE DINERO DE CUENTAS BANCARIAS CON MÁS DE UN TITULAR (Atención con…)

okAdvertimos a nuestros clientes del riesgo que supone tener el dinero de su exclusiva propiedad en una cuenta bancaria en la que figuren otros cotitulares, aunque se trate de parientes directos, por el riesgo que ello entraña.

La propiedad indistinta de saldos en cuenta supone que cualquiera de los que son cotitulares puede disponer de sus fondos en cualquier momento, sin dar cuenta al otro. Cuando una persona es únicamente la propietaria del saldo y desea incluir a otro para realizar gestiones bancarias lo recomendable es incluirlo como “autorizado”, pero no como titular indistinto.

La disposición del saldo de una cuenta en beneficio propio por una persona que es simplemente “autorizada”, o siendo cotitular indistinto, si no es propietaria  del mismo y sin el consentimiento del verdadero propietario, supone un delito de apropiación indebida, ya que el hecho de ampliar la cotitularidad de una cuenta no es equivalente a una donación.

Como consecuencia de lo anterior, eso supone que aunque la cuenta figure de forma indistinta, el titular del saldo debe declarar la totalidad del mismo en sus respectivos impuestos sobre la renta y el patrimonio. No obstante, esto podría dar lugar a una sanción de Hacienda, ya que en sus datos tributarios figuraría solo el 50% en lugar del total. Para evitar esto es conveniente cambiar la cuenta para que figure el propietario del dinero como único titular, y la otra persona como “autorizada”.

SERVICIO DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

okRecibimos en el despacho consultas de nuestros clientes, especialmente de personas viudas que, al fallecer su cónyuge -quien llevaba la administración de sus bienes- quedan desatendidas de un día para otro en el control de estos temas, pues quizás nunca tuvieron que preocuparse, amparadas por su esposo(a).

Concretamente, esta situación se agrava si el cónyuge viudo no tiene familiares ni amigos que le puedan ayudar en el control de la gestión patrimonial, especialmente de sus rentas bancarias e inmobiliarias y en el control de su rentabilidad.

Para ayudarles a solucionar esta situación hemos contactado con un economista, Bernardo Acevedo, con más de 30 años de experiencia en el campo de asesoramiento patrimonial y económico-fiscal a particulares y empresas, de total confianza, por el conocimiento personal que tenemos de él desde hace muchos años.

En caso de estar usted interesado(a) en sus servicios, puede contactar directamente con él en el teléfono 626965442 o a través su correo electrónico: acevedo@economistes.com

CAMBIO VOLUNTARIO DE ENTIDAD MÉDICA PARA PENSIONISTAS DEL ESTADO en el 2023

okComo en años anteriores, los pensionistas afiliados a MUFACE, ISFAS y MUGEJU podrán solicitar, si lo desean, el cambio de entidad médica concertada u optar por la asistencia médica del Sistema Nacional de Salud (Seguridad Social), del 2 al 31 de enero de 2024, ambos inclusive. La entrada en vigor de los cambios será desde la fecha de solicitud, excepto para MUGEJU, que será desde el 1 de febrero.

Entidades médicas “privadas” concertadas para el 2024:

MUFACE: ADESLAS, ASISA y DKV.

ISFAS: ADESLAS y ASISA.

MUGEJU: ADESLAS, ASISA, DKV, SANITAS, MAPFRE y MUSA.

I.S.F.A.S. (Estancia en Centros residenciales de vacaciones)

okLe recordamos que sigue abierta hasta fin de año la convocatoria de plazas para estancias en la Residencia Jorge Juan(Alicante) y en los Apartamentos Gutiérrez Mellado(Ciudad Patricia de Benidorm), que pueden solicitar los afiliados al ISFAS y cónyuges viudos de titulares del ISFAS, aunque pertenezcan a otro régimen de Seguridad Social), con preferencia para personas mayores de 55 años, ya que van dirigidos a la “Tercera Edad”.

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación.

M.U.F.A.C.E. (Ayuda para mujeres víctimas de violencia de género)

okPor Resolución de 24 de octubre pasado, la MUFACE ha convocado la concesión de ayudas para mujeres en la situación citada en el epígrafe.

Requisitos:

  • Estar afiliada a MUFACE como titular o beneficiaria.
  • Acreditar documentalmente haber sufrido violencia de género mediante una sentencia conde-natoria, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales.

Cuantía: 1.000 € por solicitante y la misma cantidad por cada hijo que figure como beneficiario de la solicitante.

Plazo de solicitud: Hasta el 15 de noviembre.

Nota: Por haber sido publicada esta normativa en el BOE del 26 de octubre pasado, no nos ha sido posible comunicarlo en nuestra circular informativa del mes anterior, para que llegara con el tiempo suficiente para solicitar la ayuda. Si se encontrara usted en esta situación, conviene que nos lo comunique para avisarla con tiempo en futuras convocatorias

PLANES DE PENSIONES (Condiciones para acogerse a la reducción del 40% en el I.R.P.F)

okRecordamos a los pensionistas jubilados en el año 2021, que tengan planes de pensiones pendientes de rescatar que, para acogerse a la reducción fiscal del 40% del importe cobrado en forma de “capital”, de las aportaciones realizadas antes de 2007, deberán efectuar el rescate de dichos planes antes del 31 de diciembre de 2023.

Nota: Los interesados en este asunto pueden consultar sus dudas en este despacho.

CAMBIO EN EL CÁLCULO DEL PERÍODO DE COTIZACIÓN DE LAS PENSIONES DE LAS PERSONAS QUE HAN COTIZADO A TIEMPO “PARCIAL”

okPor aplicación del artículo 247 del R.Dto.Legislativo 8/2015 (modificado por el R.Dto-ley 2/2023), los períodos de trabajo realizados a tiempo parcial pasan a ser reconocidos como días completos de cotización.

Esta modificación tendrá carácter retroactivo para los periodos trabajados a tiempo parcial anteriores y posteriores al 1 de octubre de 2023, a los efectos del acceso de las nuevas pensiones cuyo derecho se genere a partir de dicha fecha.

A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad, en favor de familiares, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor, se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuáles el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada en cada uno de ellos.

Este beneficio no afecta a personas ya jubiladas o que hayan sido beneficiarias de una de las citadas prestaciones antes del 1 de octubre pasado.

Nota: Con esta nueva medida permitirá que muchos(as) empleados(as) vean ampliado su período de cotización para acceder al 100% de su pensión. Las mujeres, en especial, serán las grandes beneficiadas y, concretamente los(as) empleados(as) de hogar que trabajan por horas en las casas.

INCREMENTO DEL 0,5% EN LAS RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DESDE 1-1-23

okPor resolución Mº de Hacienda de 4-10-2023 se ha probado el citado incremento adicional para este año, de carácter consolidable y que, si bien estaba previsto su abono en la nómina del presente mes de octubre, por problemas técnicos se hará efectivo en la de noviembre próximo.

De este pequeño aumento se beneficiarán los funcionarios de todas las Administraciones: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y entidades locales, incluyendo el personal al servicio del sector público institucional.

Observaciones:

– El personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada, por jubilación o cualquier otra causa, con posterioridad al 1 de enero pasado, deberá solicitar el abono de los atrasos correspondientes, previa petición, en el formulario de solicitud publicado en el BOE de 6-10-23. A nuestros clientes se lo podemos realizar por este despacho si nos lo solicitan.

– Del personal jubilado o pensionista de incapacidad desde enero pasado hasta la fecha, hemos realizado una consulta a la Seguridad Social y a Clases Pasivas para que nos informen de la repercusión que pueda tener este incremento en el importe de su pensión y, en su caso, el procedimiento de solicitud.

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EN BARCELONA-CAPITAL (Ayuntamiento de Barcelona)

okLa Comisión Permanente del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, en fecha 28 de febrero de 2023 aprobó la concesión de ayudas para rehabilitación, a fin de mejorar la eficiencia energética, a favor de Comunidades de propietarios y propiedades verticales, sean personas físicas o jurídicas, de edificios de uso residencial, plurifamiliar o unifamiliar, situados en Barcelona-capital y que constituyan su domicilio habitual.

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación.

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA VIVIENDA HABITUAL EN PROPIEDAD, USUFRUCTO O ALQUILER

oka) Viviendas ubicadas en el Área Metropolitana de Barcelona, excepto en Barcelona-capital.

b) Viviendas ubicadas en Barcelona-capital

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación.

RESIDENCIAS DE DESCANSO DE LA GUARDIA CIVIL (temporada “no veraniega”)

okSe espera que a final del próximo mes se publique la resolución de la Jefatura de Asistencia al Personal de la Guardia Civil, por la que se convocan plazas en Residencias de descanso para su personal en activo, retirados, viudas y huérfanos del Cuerpo, para el período del 1 de octubre del presente año al 31 de mayo de 2024. También podrán disfrutar, en régimen de reciprocidad, los miembros de las Fuerzas Armadas y de otros Cuerpos de Seguridad extranjeros.

Tramitación: Dirigirse directamente a la Comandancia de la Guardia Civil correspondiente al lugar de su residencia. En la provincia de Barcelona: Camí Vell del Palau, s/nº, (08740) Sant Andreu de la Barca. Tº 93-6823030.

Nota: Por esta Habilitación se remitirá fotocopia de la citada resolución a los clientes que nos lo soliciten.

EXPACIENTES DE CÁNCER y/o SIDA (No discriminación para contratar seguros de vida, salud o hipotecas)

okPor Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en su artículo 209 se prohíbe la denegación de acceso a la contratación o la imposición de condiciones más onerosas, por razón de tener VIH/SIDA, o por otras condiciones de salud, salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente.

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación.

TARJETA SANITARIA EUROPEA para afiliados a MUFACE, MUGEJU, ISFAS y SEG.SOCIAL

okLe recordamos que la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias durante su estancia temporal por motivos de trabajo, estudios o turismo, en el territorio de europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Reino Unido y Suiza) , teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia, de acuerdo con la legislación del país correspondiente. Sin embargo, la TSE no autoriza las prestaciones sanitarias si el desplazamiento tiene por objeto precisamente recibir un tratamiento médico en el extranjero.

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MUFACE, ISFAS y MUGEJU (Asistencia sanitaria a desplazados dentro de España)

okLos mutualistas (y sus familiares) de estas Mutualidades que hayan elegido, como entidad para la asistencia sanitaria, el Sistema Nacional de Salud, en lugar de entidad médica privada, tengan presente que si precisan de asistencia médica fuera de su localidad habitual de residencia, sólo podrán recibirla del servicio de “urgencias” correspondiente al lugar donde estén desplazados o “in itinere”. Así pues, no tienen derecho a médico de familia, como ocurre en el ambulatorio de su domicilio habitual.

Nota: Acuérdese de llevar consigo su cartilla de la Seguridad Social

DECLARACIÓN DE RENTA 2023 (Nueva deducción por compra de vehículo eléctrico)

okPor Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en su disposición adicional 58ª se ha aprobado una nueva deducción en el I.R.P.F., aplicable a la declaración de renta del ejercicio 2023, por la adquisición de determinados vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y puntos de recarga.

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación.

INICIO DEL PROGRAMA DE TURISMO DEL IMSERSO DE LA PRÓXIMA TEMPORADA 2023-2024

okLa Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha iniciado la puesta en marcha de la que será la próxima temporada 2023-2024 del Programa de Turismo del Imserso, convocándose 886.269 plazas para personas mayores.

De cara a la formalización de su participación en el Programa para la temporada 2023-2024, le resaltamos dos cuestiones importantes:

  1. Desde el jueves 29 de junio y hasta el martes 25 de julio de 2023-ambos días inclusive, y NO ANTES-, permanecerá abierto un periodo de presentación de NUEVAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN en este Programa para la temporada 2023-2024, exclusivamente para aquellas personas que no estén incluidas previamente en el Programa,, recomendándoles la presentación de forma telemática a través de esta Sede Electrónica por su sencillez, rapidez y seguridad.
  1. Igualmente desde el jueves 29 de junio y hasta el martes 25 de julio de 2023 -ambos días inclusive, y NO ANTES-, las personas ya acreditadas en la base de datos del Imserso para su participación en el Programa de Turismo del Imserso que hayan recibido en sus domicilios las cartas de renovación incluyendo los IMPRESOS DE MODIFICACIÓN DE DATOS y quieran comunicar variaciones en los mismos, podrán realizarlo a través de esta Sede Electrónica utilizando el número de referencia que aparece en la carta que ha recibido o el sistema Cl@ve.

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M.U.F.A.C.E. (Ayudas asistenciales para el año 2023)

okA) Ayuda por insuficiencia de pensión

B) Ayuda para el copago farmacéutico.

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M.U.F.A.C.E. Nuevo servicio de atención telefónica en el número 93-6190029

okEl Servicio Provincial de Barcelona ha puesto en marcha un servicio de atención telefónica a mutualistas que tienen 75 o más años de edad y residen en la provincia de Barcelona.

Los mutualistas mayores de dicha edad pueden llamar al teléfono citado para realizar sus consultas, pedir un talonario de recetas o una Tarjeta Sanitaria Europea. También para solicitar cita previa para ser atendidos presencialmente.

No se podrán solicitar otras prestaciones a través de este servicio, aunque sí alguna otra gestión de trámite único, como certificados o modificación de datos básicos. El horario de atención de este nuevo servicio es de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 h.

Nota: Cuando llame, la persona que le atienda le preguntará su nombre y DNI con el fin de comprobar sus datos, ya que este es un servicio reservado para personas con 75 años cumplidos.

 

ESTANCIAS TEMPORALES EN RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL ATENDIDAS POR “CUIDADORES” (Programa “Respir” de la Diputación de Barcelona)

okEs un servicio que ofrece la Diputación de Barcelona para dar un descanso a los familiares cuidadores que atienden en su domicilio a mayores de 65 años con dependencia o a personas de entre 6 y 65 años con discapacidad intelectual.

Su duración máxima es de 1 mes al año, que se puede solicitar en periodos mínimos de 15 días en el caso de persones mayores. Para cuidadores de personas con discapacidad las estancias pueden ser de hasta 60 días naturales al año, en periodos mínimos de 3 días.

Para más Información: Dirigirse a la Gerència de Serveis Residèncials d’estades temporals RESPIR, “Recinte Mundet” – Pavelló Nord (personas mayores) o Edifici Serradell (discapacitados intelectuales). Pg. de la Vall d’Hebrón, 171 – Barcelona, a los siguientes teléfonos:

– “Respir Gent Gran”: 93-4022586 (de 8,30 a 14 h.).

– “Respir Persones amb Discapacitat Intelectual”: 93-4022605 (de 8,30 a 14 h.).

 

JUBILACIÓN ANTICIPADA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Reducción del período de afectación por un grado de discapacidad mínimo del 45%)

okPor Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo, se ha reducido el período de tiempo de 15 a 5 años, durante el cual debe acreditarse haber cotizado estando afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 45%, si bien debiendo acreditar también que la patología se ha padecido durante el período de 15 años exigidos para alcanzar la pensión de jubilación.

Con esta nueva disposición se permitirá que, para llegar a ese 45% de discapacidad, no se cuente sólo con una enfermedad de las que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación a los 56 años, sino que se podrán sumar porcentajes de otras patologías, e incluso con el porcentaje correspondiente a los “factores sociales complementarios”.

No obstante, lo dicho en el párrafo anterior, al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado de discapacidad ha de ser una de las enumeradas en el anexo de esta disposición y que el porcentaje de discapacidad alcanzado por esta o estas patologías generadores de discapacidad suponga al menos el 33% del total de grado de discapacidad acreditado.

GUARDIA CIVIL (Plan de Acción Social para el año 2023)

okPor Resolución de 9 de febrero de 2023 (DOGC nº 8), se ha aprobado el Plan de Acción de la Guardia Civil, para el personal retirado del Cuerpo, sus familiares o sus viudas y huérfanos, que incluye ayudas para: Discapacidad, geriátrica, personas dependientes, tratamientos médicos especiales, ayuda extraordinaria por gastos excepcionales, entre otras.

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TARJETA “CUIDADORA” (Ayuntamiento de Barcelona)

okEl Ayuntamiento de Barcelona ha creado este servicio gratuito con el fin de apoyar a las personas que cuidan a personas enfermas o dependientes, a través de asesoramiento, acompañamiento, ocio y otros recursos y servicios para facilitar y reconocer su tarea.

La nueva Tarjeta Cuidadora incluye, entre otros, los siguientes servicios:

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OBLIGACIONES DE LOS BANCOS PARA ATENDER A PERSONAS MAYORES

okEl Gobierno y la banca firmaron en 2022 el “Protocolo Estratégico para Reforzar el Compromiso Social y Sostenible de la Banca” por el que las entidades se comprometieron a prestar un mejor servicio a las personas mayores, menos digitalizadas o más vulnerables.

PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL COMPLEMENTADA CON INGRESOS

okRecordamos que a partir de 2-8-2011 es compatible el percibo de la pensión de jubilación de la Seguridad Social (de cualquier régimen) con la realización de trabajo por cuenta propia, cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) (15.120 € para este año), al amparo de la disposición adicional 31ª de la Ley 27/2011.

PENSIÓN DE VIUDEDAD PARA PAREJAS DE HECHO DE PENSIONISTAS DEL ESTADO (Modificación de los requisitos a partir de 2023 para obtener una…)

okEn nuestra circular informativa 1/2023 (punto nº 7) omitimos poner parte de la disposición final Cuarta -Tres de la Ley 31/2022), de gran importancia para esta prestación, cuyo contenido es:

EMPLEADOS(AS) DE HOGAR (Modificación de las bases de cotización de los…)

okPor Orden Ministerial PCM/313/2023, de 30 de marzo, se han modificado las citadas bases en la misma proporción que ha aumentado el salario mínimo interprofesional para este año (1.080 €/mes). Así pues, las bases de cotización quedan fijadas desde 1 de enero de 2023 en los siguientes importes.

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PROGRAMA DE AYUDAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL AÑO 2021, 22 y 23

okPor Orden DSO/59/2023, de 27 de marzo, la Generalitat de Cataluña ha aprobado las siguientes ayudas de atención social para personas con discapacidad:
A) Ayudas para movilidad y transporte.
B) Ayudas para la autonomía personal y la comunicación.

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SUBVENCIONES PARA EL PAGO DEL ALQUILER O PRECIO DE CESIÓN DE LA VIVIENDA en CATALUÑA PARA MAYORES DE 65 AÑOS

okPor Resolución TER/859/2023, de 14 de marzo, la Generalitat de Catalunya ha publicado estas convocatorias para otorgar subvenciones al pago del alquiler, entre otras, a personas mayores de
65 años que reúnan los siguientes requisitos.

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PENSIONES DE ORFANDAD DE CLASES PASIVAS

okEn nuestra circular informativa 10/2012 (punto nº 11) informábamos que “a partir de 1 de enero de 2013 no se efectuarían nuevos reconocimientos de pensión en favor de huérfanos mayores de 21 años que no estuvieran incapacitados”, en virtud de la Dispos. Adicional 36ª de la Ley 17/2012.

Pues bien, nos complace comunicarles que la disposición citada ha sido derogada recientemente por la Disposición derogatoria única de la Ley 20/2022, con efectos de 21 de octubre de 2022.

RESIDENCIAS DE “TIEMPO LIBRE”  (Dependientes de las Comunidades Autónomas)

okLas Residencias de “Tiempo Libre” son instalaciones vacacionales dirigidas a los trabajadores y a sus familiares, que permiten unas estancias de calidad a precios económicos. También pueden ser utilizadas por jóvenes, jubilados y pensionistas en general. Algunas hacen descuentos a jóvenes, mayores de 65 años y familias numerosas.

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO (Nueva tarifa aplicable en Cataluña)

okPor Decret llei 16/2022, de 20 de diciembre de 2022, la Generalitat de Cataluña ha establecido, para los años 2022 y 2023, una nueva tarifa en el Impuesto sobre el Patrimonio aplicable en Cataluña, con la introducción de un nuevo tramo que afectará a los contribuyentes con bases liquidables superiores a 20 millones de euros: La base liquidable superior a dicho importe, tributará al tipo marginal del 3,48% en lugar del 2,75% que se aplicaba hasta ahora.

M.U.G.E.J.U. (Ayudas socio-sanitarias para el año 2023)

okPor Resolución de la MUGEJU, de 14-12-2023 (BOE nº 314), se ha convocado las ayudas del programa de atención socio-sanitaria, para los afiliados a esa Mutualidad, que se mantienen en los mismos importes y condiciones de las ayudas aprobadas para el año 2022:

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EMPLEADOS(AS) DE HOGAR (Modificaciones introducidas por Real Decreto-ley 16/2022 y reiterado por Ley 31/2022)

okEmpleados que presten sus servicios menos de 60 horas mensuales por persona empleadora. A partir de 1-1-12023 los empleadores asumirán las obligaciones de cotización del personal citado en el epígrafe y que hubieran acordado con el/la empleado(a), con anterioridad al 9-9-2022, la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento y cotización en el Régimen de Empleados de Hogar.

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NOVEDADES PARA “FUNCIONARIOS Y PENSIONISTAS del ESTADO” para el 2023 (Ley 31/2022)

ok

  1. PAREJAS DE HECHO:
  • Extinción de la pareja de hecho por voluntad de uno o ambos convivientes: El posterior fallecimiento de uno de ellos solo dará derecho a pensión de viudedad con carácter vitalicio al superviviente cuando, además de concurrir los demás requisitos legales, no haya contraído matrimonio ni constituido una nueva pareja de hecho…
  • Pensión de Viudedad de parejas de hecho en supuestos excepcionales: Cuando se haya producido el fallecimiento de uno de los miembros de la pareja de hecho antes de 1 de enero del presente año, se reconocerá, con carácter excepcional, derecho a la pensión de viudedad con efectos de la fecha citada si concurren las siguientes circunstancias:

REVALORIZACIÓN DE PENSIONES PÚBLICAS PARA EL AÑO 2023

okPor Ley 31/2022, de 23-12-2022, y Real Decreto 1058/2022, de 27-12-2022, se han revalorizado las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de la Seguridad Social, siendo los extremos más importantes los siguientes:

Incremento general: Aumento del 8,5% sobre la pensión de Diciembre-2022. La actualización se hará efectiva en la próxima nómina de enero.

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación

PLANES DE PENSIONES (Condiciones para acogerse a la reducción del 40% en el I.R.P.F.)

okRecordamos a los pensionistas jubilados en el año 2014 y en el 2020, que tengan planes de pensiones pendientes de rescatar que, para acogerse a la reducción fiscal del 40%

CRUZ ROJA “TE ACOMPAÑA” (Para combatir la soledad no deseada)

okLa soledad no deseada es un problema personal y social creciente en las sociedades modernas, en especial para las personas mayores, pero puede afectar a cualquier persona.

PRESTACIONES DENTARIAS, OCULARES Y PARA PRÓTESIS PARA PENSIONISTAS MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS DE MUGEJU (Se pueden presentar en papel todo el año)

okPor Resolución de 9 de junio de 2022 (BOE de 23-6-2022), a partir de ahora se permite la presentación de las solicitudes en formato papel todos los días del año, siempre que el/la solicitante sea pensionista (los mutualistas en activo tienen que hacerlo por vía telemática).

SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARA MUJERES MAYORES DE 52 AÑOS (Se reconocen 112 días de cotización, asimilados por parto, para reunir 6 años por desempleo)

okEl Tribunal Supremo, en su sentencia 576/2022, de 23 de junio pasado, para unificación de doctrina, ha dispuesto que, a efectos de reunir el requisito de cotización mínima de 6 años por desempleo para poder percibir el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, se tome en consideración los días de cotización asimilados por parto, que prevé el artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social

COMPLEMENTO POR “MATERNIDAD” EN FAVOR DE HOMBRES BENEFICIARIOS DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN/RETIRO POR EDAD o POR INCAPACIDAD PERMANENTE o VIUDEDAD DEL ESTADO (Perspectivas optimistas para el reconocimiento del…)

okSegún información recibida de Clases Pasivas de Madrid, las peticiones pendientes de resolución en vía administrativa y las que se realicen en el futuro en solicitud del Complemento por “maternidad” a favor de hombres (para hechos causados entre 1-1-2016 y 3-2-2021), van a ser estudiadas y, en su caso, estimadas, siempre que reúnan el resto de requisitos, previstos en la Disposición Adicional 18ª de la Ley 48/2015.

PENSIONES DE VIUDEDAD (Mejora de su importe si reúnen ciertos requisitos…)

okRecordamos a aquellas(os) pensionistas de viudedad que hayan cumplido 65 años de edad que pueden beneficiarse de una mejora de su pensión

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (Validez a efectos de prestaciones de cuotas anteriores al “alta” en el R.E.T.A.)

okPor la Disposición final 28ª – Seis de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, se prevé que cuando, reuniéndose los requisitos para estar incluidos en este régimen especial, no se hubiera solicitado la preceptiva “alta”, las cotizaciones exigibles de periodos anteriores a la formalización de la citada “alta”, producirán efectos respecto a las prestaciones, una vez hayan sido ingresadas con los recargos que legalmente procedan.

PROFESIONALES SANITARIOS JUBILADOS (Compatibilidad con su incorporación en activo)

okPor el artículo 2 del Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre pasado, se establece:

“1. Podrán compatibilizar la percepción de la pensión de jubilación hasta el 31 de diciembre de 2022 los(las) profesionales que ejercen la medicina y la enfermería

PENSIÓN DE JUBILACIÓN “ACTIVA” PARA PENSIONISTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Re-traso para acogerse a esta modalidad de pensión a partir del 1 de enero de 2022)

okEl artículo 1- Nueve, a) de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, establece: “El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar al menos un año después de haber cumplido la edad que en cada caso resulte de aplicación…”

JUBILADOS ANTICIPADAMENTE DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Complemento económico para los…)

okPor aplicación de la disposición adicional 1ª de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, a los pensionistas de jubilación causada entre el 1-1-2002 y el 31-12-2021, que han accedido a la misma anticipadamente de forma “involuntaria”, como máximo 4 años antes de alcanzar la edad la edad ordinaria de jubilación, tendrán derecho a un complemento

CUIDADORES DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE “DEPENDENCIA”

okPosibilidad de mantener la base de cotización del último año anterior a su labor de cuidador.

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EMPLEADAS DEL HOGAR (Obligación del empleador de comunicar a la Seg.Social el salario de las…)

okLa Inspección de Trabajo y Seguridad Social está enviando cartas a los empleadores para que regularicen el salario y cotizaciones de las mismas, cuyo sueldo estuviera por debajo del salario mínimo interprofesional.

JUBILADOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Cese de actividad profesional de…)

okA los pensionistas de jubilación que compatibilizan una actividad profesional incluida en una mutualidad alternativa al Régimen de Autónomos (abogados, ingenieros, arquitectos…), la Seguridad Social les deduce una cuota mensual de su pensión de 85 €/mes, en concepto de “solidaridad”, a partir del presente año.

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