PENSIONES DE VIUDEDAD (Mejora de su importe si reúnen ciertos requisitos…)

Recordamos a aquellas(os) pensionistas de viudedad que hayan cumplido 65 años de edad que pueden beneficiarse de una mejora de su pensión si reúnen los siguientes requisitos:

  1. No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera, salvo que el importe de ésta sea inferior al del incremento de la pensión de viudedad, en cuyo caso se abonará la diferencia.
  2. No percibir ingresos por trabajo, por cuenta propia o ajena.
  3. No percibir rendimiento de capital, actividades económicas o ganancias patrimoniales por un importe superior a 7.939 € anuales (para este año 2022).

Nota: Si un(a) pensionista de viudedad no reúne en la actualidad los requisitos mencionados y en el futuro cambian sus circunstancias en su favor, podrá solicitar el reconocimiento del citado incremento.

En caso de encontrarse usted en esta situación, y no le haya llegado reconocida la citada mejora, se la podemos tramitar por este despacho.

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