EMPLEADOS(AS) DE HOGAR (Modificaciones introducidas por Real Decreto-ley 16/2022 y reiterado por Ley 31/2022)

Empleados que presten sus servicios menos de 60 horas mensuales por persona empleadora. A partir de 1-1-12023 los empleadores asumirán las obligaciones de cotización del personal citado en el epígrafe y que hubieran acordado con el/la empleado(a), con anterioridad al 9-9-2022, la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento y cotización en el Régimen de Empleados de Hogar.

Acceso a más información reservado a clientes de esta Habilitación

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