CONVENIO ESPECIAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE TENGAN ESPECIALES DIFICULTADES DE INSERCIÓN LABORAL

A raíz de consultas de algunos clientes, queremos recordar este tema para las personas que se encuentran en la situación citada en el epígrafe. Por Real Decreto 156/2013 (BOE nº 53) se reguló la suscripción del citado convenio a efectos de obtener en su día pensión de jubilación o generar pensión de viudedad, orfandad y en favor de familiares, en caso de fallecer el interesado.

Más información disponible para los clientes de nuestro despacho.

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