LEY DEL I.R.P.F. (Aumento del límite exento en el caso de rentas bajas)

Por el artículo 3º-Dos del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, se ha reducido el impuesto de las rentas íntegras del trabajo más bajas, cuando procedan de más de 1 pagador, si la suma de lo percibido del segundo y restantes pagadores no superan en su conjunto los 1.500 € anuales. Así pues, el umbral para no tener retenciones pasa de 15.000 € a 15.876 €, lo que equivale al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual (14 pagas).

(Más información disponible para los clientes de esta Habilitación)

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